CONDICIONES GENERALES DE VENTA
Las presentes Condiciones Generales de Venta (“CGV de la Sociedad”), que figuran en la oferta de la Sociedad al Comprador y se confirman en su factura, son parte integrante de todas las ofertas de la Sociedad y de todos los contratos de venta entre la Sociedad y el Comprador en relación con todos los Productos fabricados y/o comercializados por la Sociedad.
1. PEDIDO Y ACEPTACIÓN
1.1 Cualquier pedido que el Comprador dirija a la Sociedad incluirá la aceptación expresa y escrita de las CGV de la Sociedad por dicho Comprador. Tales condiciones prevalecerán sobre cualesquiera condiciones generales y particulares de compra del Comprador, que así lo acepta al hacer el pedido, considerándose que al hacerlo declara y reconoce tener perfecto conocimiento de ello y renuncia a acogerse a cualquier documento contradictorio.
1.2 Los pedidos sólo constituirán ventas en firme tras la aceptación expresa de la Sociedad, la cual se reserva el derecho de rechazarlos o aceptarlos, en todo o en parte, en particular si no ha recibido la información que ha solicitado al Comprador.
1.3 La aceptación expresa por la Sociedad de un pedido del Comprador sólo se hará por escrito o, en su defecto, mediante la realización de la entrega.
1.4 El Comprador deberá mantener los pedidos que haya dirigido a la Sociedad, no pudiendo anularlos si no es con el acuerdo expreso y escrito de ésta.
1.5 Si, tras la aceptación de la Sociedad, el Comprador desea introducir modificaciones en las características específicas de los Productos, en las condiciones de entrega o de transporte o en las demás condiciones de venta, dichas modificaciones deberán ser aceptadas de forma expresa, previa y escrita por la Sociedad, que podrá entonces revisar el resto de las condiciones de la venta, en particular el precio de la misma. Además, los gastos ocasionados por las citadas modificaciones en caso de aceptación correrán a cargo del Comprador.
2. PRECIO, CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS Y OTRAS CONDICIONES DE VENTA
2.1Las tarifas, características específicas y otros datos que figuren en los catálogos y/o documentos de la Sociedad no obligarán a la Sociedad, que se reserva el derecho de hacer sobre los mismos las modificaciones que considere convenientes. Y ello, en particular, por lo que se refiere a tarifas, en caso de fluctuación de los costes de las materias primas o de cualesquiera otros elementos del precio, o por lo que se refiere a cualquiera de las características específicas de los Productos.
2.2 Salvo estipulación en contrario aceptada expresamente por escrito por la Sociedad, los Productos se facturarán tomando como base las tarifas en vigor el día de la entrega. El IVA se añadirá a la facturación. Las tarifas se incrementarán con los gastos de transporte, despacho de aduana, importación, gestión, almacenaje y seguro, teniendo en cuenta las condiciones de transporte.
2.3 Todos los gastos, tasas y derechos de cualquier naturaleza, presentes o futuros, que se adeuden en razón de la venta de los Productos o de la importación, entrega o utilización de los mismos, correrán a cargo del Comprador y no se incluirán en el precio de venta de los Productos.
2.4 Salvo estipulación en contrario expresamente aceptada por la Sociedad, las características específicas de los Productos serán las que defina la Sociedad, y las características específicas relacionadas, en particular, con el peso, las dimensiones, la capacidad y otras sólo serán indicadas por la Sociedad, en su caso, a título orientativo, no teniendo carácter contractual.
2.5 El precio de venta de los Productos no incluye la prestación de asistencia técnica alguna por la Sociedad; la asistencia técnica, que no depende de los contratos de venta y va más allá de las obligaciones contraídas a título de venta, se negociará por tanto aparte y se facturará oportunamente de forma independiente.
3. ENTREGA, RIESGOS, TRANSPORTE Y SEGURO
3.1 La fecha de entrega o de recogida, incluso cuando se menciona en una oferta, en la aceptación de un pedido o en cualquier otro documento, es facilitada por la Sociedad simplemente a título orientativo y no tiene carácter contractual.
3.2 Salvo en caso de estipulación en contrario, aceptada expresamente y por escrito por la Sociedad, los eventuales retrasos sobre la fecha indicada para la entrega o la retirada no darán al Comprador derecho a anular el pedido, deshacer la venta, rechazar la mercancía o reclamar daños y perjuicios ni sanciones.
3.3 Aunque se esfuerce en entregar las cantidades exactas, la Sociedad se reserva el derecho de entregar cantidades inferiores o superiores a las solicitadas sin que el Comprador pueda hacer reclamación alguna por tal motivo. A título informativo, se pone de manifiesto que la práctica profesional admite que las cantidades puedan fluctuar en un diez por ciento por encima o por debajo del pedido o la producción.
3.4La Sociedad se reserva, y el Comprador así lo reconoce, el derecho de suspender las entregas si el Comprador no cumple con las condiciones de pago, y ello hasta el pago total de las cantidades adeudadas o en cualquier otro caso de incumplimiento por parte del Comprador de sus obligaciones contractuales.
3.5 Salvo estipulación en contrario aceptada expresamente y por escrito por la Sociedad, se considerará que la entrega se realiza siempre, partiendo de la fábrica de la Sociedad, en la fecha de salida que refleje el correspondiente albarán de situación de salida de los Productos emitido por la Sociedad. En caso de estipulación en contrario por la que se prevea la entrega en el domicilio del Comprador, se considerará que los Productos se han entregado en la primera de las dos fechas siguientes, igualmente tomando como referencia el albarán de situación de salida de los Productos emitido por la Sociedad: ya sea la fecha de llegada al domicilio del Comprador, ya sea siete días después de la fecha de facturación, a menos que, salvo incumplimiento por el Comprador de su obligación de retirada de los Productos, en un plazo de setenta y dos horas a contar desde la expiración del plazo de siete días antes mencionado, la Sociedad y el transportista reciban del Comprador, mediante carta certificada con acuse de recibo, una notificación escrita por la que se les informe de la falta de entrega; en tal caso, se considerará efectiva la entrega en la fecha de llegada de los Productos al domicilio del Comprador.
3.6 El traslado de riesgos y responsabilidades de la Sociedad al Comprador se produce siempre en el momento de la retirada de los Productos en la fábrica de la Sociedad, sean cuales sean el lugar de la entrega y las condiciones de transporte (salida de fábrica, franco de porte, entrega contra reembolso, otros..). El Comprador se compromete a contratar, a favor de la Sociedad, un seguro contra todo riesgo y responsabilidad, incluida la pérdida y el deterioro de los Productos, desde el momento de la retirada de los mismos hasta el pago del precio total y en el marco de la aplicación de la cláusula de reserva de propiedad prevista en el artículo 6 siguiente.
3.7 Todas las operaciones y todos los trámites relacionados con el transporte, el despacho de aduana, la importación y la gestión, el almacenaje y el seguro de los Productos correrán a cargo del Comprador, siendo por cuenta y riesgo de éste, sean cuales sean el lugar de entrega y las condiciones del transporte. Corresponde a éste hacer recibir los Productos y hacer inventario de los mismos en el momento de su llegada, así como ejercer, en su caso, cuantos recursos procedan contra el transportista, incluso si la entrega de los Productos se realiza en el domicilio del Comprador (en particular en caso de expedición “franco de porte”).
3.8 El Comprador se compromete a asegurar íntegramente los Productos contra cualquier riesgo y responsabilidad desde el momento del traslado de riesgos y responsabilidades, según se estipula en el artículo 3.6 anterior, declarando a la Sociedad como beneficiaria de las pólizas correspondientes hasta la fecha efectiva de la transmisión de la propiedad.
3.9 Cualquiera que sea el lugar de entrega y las condiciones de transporte, el Comprador se compromete, en su caso, i) a informar a la Sociedad por teléfono y seguidamente mediante un correo electrónico con confirmación de recepción por correo electrónico o mediante un fax, del carácter incompleto que pueda tener cualquier expedición de Productos, o de la pérdida o los daños producidos a éstos, en cuanto lleguen al domicilio del Comprador o en cuanto éste tenga conocimiento de ello (en la primera de esas dos fechas); ii) a confirmar estos hechos a la Sociedad por escrito mediante carta certificada con acuse de recibo en un plazo de setenta y dos horas contadas desde la llegada o el conocimiento mencionados; e iii) a hacer constar estos hechos en el recibo del transportista, así como a confirmárselos por escrito mediante carta certificada con acuse de recibo en un plazo de setenta y dos horas contadas desde la llegada de los Productos al domicilio del Comprador. En todo caso, el Comprador estará obligado a respetar las obligaciones contractuales de pago de los Productos que tiene contraídas con la Sociedad, no teniendo derecho a ejercer retención alguna sobre el precio, ni en todo ni en parte, y no pudiendo acusar a la Sociedad, ni exigirle responsabilidades, lo que reconoce el Comprador, si el recibo entregado por el Comprador o por cuenta del mismo no contiene las reservas que el Comprador desea hacer.
3.10 Cualquiera que sea el lugar de entrega y las condiciones de transporte, si la retirada de los Productos se retrasa por una razón independiente de la Sociedad, ya sea un caso fortuito, de fuerza mayor u otro, la Sociedad no podrá ser considerada como responsable de ello; se considerará que los Productos se han entregado en la fecha de su puesta a disposición en la fábrica de la Sociedad, la cual queda contractualmente autorizada, en los términos del presente documento, a almacenarlos por cuenta y riesgo del Comprador y a cargo de éste; el Comprador no podrá acusar a la Sociedad, ni exigirle responsabilidades, lo que reconoce el Comprador.
4. GARANTÍA, RECLAMACIONES Y DEVOLUCIONES
4.1 En caso de compromiso expreso y escrito de la Sociedad sobre algunas características específicas de los Productos, contrariamente a lo estipulado en el artículo 2.4 de las CGV de la Sociedad, la Sociedad garantiza solamente una media de peso, dimensión, capacidad y tinte de los Productos, y ello durante un periodo de 15 días contados desde la entrega, quedando entendido que la Sociedad no ofrece ninguna otra garantía, sea cual sea la naturaleza de ésta, por lo que respecta a la estructura, a la calidad y al resto de las características de los Productos.
4.2 Además, la Sociedad no concede ninguna garantía, sea ésta expresa o implícita, en relación con las recomendaciones de uso de los Productos, su calidad comercial o su aptitud para un uso determinado, no garantizando en ningún caso la adecuación entre los Productos y los productos que se acondicionen en los Productos, ni entre los Productos y su utilización por el Comprador, ni tampoco la conformidad de éstos con la reglamentación aplicable al Comprador y/o con la utilización que el Comprador y/o otras partes hagan/puedan hacer de los Productos; el Comprador será el único responsable de la realización de los tests necesarios, en su caso, y de verificar y observar o hacer que se observe la reglamentación aplicable; el Comprador reconoce que no puede exigir responsabilidades a la Sociedad, ni en caso de inadecuación entre los Productos, su utilización y los productos que se vayan a acondicionar o se hayan acondicionado, ni en caso de que no se aplique la reglamentación adecuada.
4.3 Si el Comprador presenta una reclamación a la Sociedad en relación con la conformidad entre los Productos y las características específicas, según el artículo 4.1 anterior, la garantía se otorga a reserva de que la reclamación se formule inmediatamente por teléfono y seguidamente mediante correo electrónico, con confirmación de recepción por correo electrónico, o mediante fax, a partir de la fecha de entrega, y se confirme por escrito mediante carta certificada con acuse de recibo en un plazo de quince días laborables contados desde la citada entrega, como también a reserva de que los Productos afectados no se hayan utilizado en fábrica, de que los Productos hayan sido almacenados, manipulados y tratados de una forma normal y apropiada, bajo una supervisión competente y de acuerdo con las normas aceptadas en la profesión, y de que los Productos no hayan sufrido deterioro, alteración o modificación por ninguna causa, sea ésta accidente u otra.
4.4 Si la Sociedad autoriza que se realice una devolución de Productos para su examen, el Comprador sólo podrá devolver la totalidad del lote de Productos en cuestión por su cuenta y riesgo, en el embalaje de origen completo y en buen estado, indicando el motivo preciso de la devolución de cada Producto supuestamente defectuoso.
4.5 En caso de que se acepte la reclamación, la garantía de la Sociedad se limitará, a elección de ésta, (i) bien a reemplazar los Productos, (ii) bien a abonar al Comprador el precio sin impuestos de los Productos a cuenta de otro pedido del Comprador a la Sociedad.
4.6 Si, a petición del Comprador, la Sociedad acepta retomar algunos Productos, en las condiciones que ella misma determine, sin que ninguna reclamación sobre la conformidad de los mismos haya sido invocada por el Comprador o aceptada por la Sociedad, solamente podrá concederse, en su caso, un crédito cuyo importe máximo será dos tercios del precio sin impuestos de dichos Productos, a cuenta de otro pedido del Comprador, y la devolución se realizará por cuenta y riesgo del Comprador.
4.7 La devolución de un Producto, cualquiera que sea el motivo de la misma, no dispensará al Comprador de pagar, en la fecha de vencimiento acordada, las cantidades adeudadas; no se admite contractualmente compensación alguna del Comprador.
4.8 Si revende los Productos, el Comprador se compromete a obrar de tal modo que todas las limitaciones de garantía de las CGV de la Sociedad se apliquen en caso de reventa. En caso contrario, el Comprador indemnizará a la Sociedad por cuantos gastos y reclamaciones por daños y perjuicios deriven de su incumplimiento.
5. CONDICIONES DE PAGO
5.1 La Sociedad tendrá derecho a facturar los Productos en la fecha orientativa de su retirada.
5.2 alvo estipulación en contrario expresamente aceptada por escrito por la Sociedad, se exigirá el pago del precio de los Productos, mediante cheque o transferencia bancaria (libre de gastos para la Sociedad), el último día del mes natural siguiente al de la fecha de facturación, de tal modo que la Sociedad no corra con ningún gasto bancario y, de conformidad con el artículo L. 441 - 6 del Código de Comercio, no podrá realizarse dicho pago después de un plazo de treinta días contados desde la fecha de entrega de los Productos. Si llega a un acuerdo distinto, el periodo de pago acordado no podrá, en ningún caso, ser superior a cuarenta y cinco días fin de mes o a sesenta días, contados desde la fecha de emisión de la factura, de conformidad con el artículo L.441-6 del Código de Comercio.
5.3 Las facturas de la Sociedad serán pagaderas por el Comprador a: “Pont Emballage S.A.S., 23, rue de Chevilly - Z.I. de la Cerisaie Nord – 92262 Fresnes Cedes”.
5.4 En caso de pago mediante letra de cambio, ésta deberá ser aceptada y remitida a la Sociedad en el plazo de ocho días contados desde su emisión.
5.5 Cualquier retraso en el pago implicará de pleno derecho y sin requerimiento previo el pago de intereses de demora, los cuales se calcularán al tipo aplicado por el Banco Central Europeo a su operación de financiación mas reciente, incrementado en diez puntos porcentuales, que no podrá ser inferior a tres veces el tipo de interés legal; dicho tipo se aplicará al importe total, impuestos incluidos, y los intereses empezarán a correr de pleno derecho el día siguiente al de la fecha de exigibilidad del precio de los Productos y serán exigibles a partir del día siguiente a esa misma fecha de exigibilidad.
6. CLÁUSULA DE RESERVA DE PROPIEDAD
6.1 Por aplicación de la ley de 12 de mayo de 1980 y modificación del artículo 121, párrafo 2, con fecha 25 de enero de 1985, así como por derogación del artículo n°1583 del Código Civil, todos los Productos continuarán siendo propiedad de la Sociedad hasta el pago total del precio por el Comprador, y ello a pesar del traslado anterior de los riesgos por aplicación del artículo 3.6 del presente texto. De conformidad con las leyes de 10 de junio de 1994 y 1 de julio de 1996, la presente disposición de las CGV de la Sociedad es oponible al Comprador, lo que éste reconoce, pues dicha disposición ha sido puesta en conocimiento del Comprador sin ambigüedad alguna en la oferta presentada por la Sociedad, aceptada en los términos del pedido realizado y confirmada por la Sociedad en su factura, y por otra parte no ha sido descartada ni modificada.
6.2 La falta de pago por parte del Comprador permitirá a la Sociedad reivindicar los Productos, que deberán en tal caso ser restituidos inmediatamente, a cargo y por cuenta del Comprador, en cuanto la Sociedad los requiera; de igual modo, la Sociedad podrá suspender sin indemnización alguna la ejecución de las restantes obligaciones contraídas, en su caso, con el Comprador. Además, cualquier cantidad pagada a cuenta quedará en poder de la Sociedad a título de indemnización, sin perjuicio de las demás acciones que ésta tenga derecho a entablar por tal razón contra el Comprador.
7. FIRMA DE CONTRATO ANUAL O PERIÓDICA M
7.1 Si el Comprador hace un pedido y la Sociedad organiza la producción de una cantidad de Productos para la retirada de éstos en un periodo determinado, el Comprador se compromete a retirar dichos Productos de conformidad con las condiciones particulares de dicho contrato y, en su defecto, en el plazo máximo de un año natural en caso de contrato anual o en un plazo máximo igual al periodo en cuestión para cualquier contrato con un periodo distinto del anual. La cantidad residual de Productos no retirados será facturada por la Sociedad al Comprador de conformidad con el artículo 5 anterior, así como los gastos de almacenaje o de destrucción; las CGV de la Sociedad confieren a ésta el derecho de proceder a dicha destrucción en caso de incumplimiento por parte del Comprador de su obligación de retirada, lo que el Comprador reconoce y acepta expresamente al hacer el pedido.
8. CREACIÓN DE HERRAMIENTAS O MOLDES
8.1 La creación de cualesquiera herramientas o moldes por o por cuenta de la Sociedad para satisfacer el pedido de Productos de un Comprador implicará una participación financiera del Comprador que se facturará (i) en el momento de su creación si la utilización prevista para dichos o moldes o herramientas es inferior a un umbral determinado por la Sociedad, o (ii) a la expiración de un periodo de dos años, contados desde la creación de dichos moldes o herramientas, si su utilización efectiva resulta inferior a dicho umbral.
8.2 Las cantidades adeudas por el Comprador a la Sociedad en virtud del artículo 8.1 anterior lo son sin perjuicio de cualquier reclamación por daños y perjuicios que pueda entablar la Sociedad, en particular en caso de declaración inicial de utilización por el Comprador inferior a la utilización efectiva; las CGV de la Sociedad confieren a la Sociedad un derecho de retención sobre cualesquiera cantidades generadas por tal concepto, llegado el caso.
9. PROPIEDAD INTELECTUAL
9.1 Todos los proyectos, estudios, documentos y muestras entregados, en su caso, por la Sociedad al Comprador continuarán siendo propiedad, tanto material como intelectual, de la Sociedad, no pudiendo ser transmitidos por el Comprador a un tercero, ni utilizados por éste, sin la autorización previa y escrita de la Sociedad, y debiendo ser restituidos a la Sociedad a primera demanda en cualquier momento, y automáticamente, sin que la Sociedad deba reclamarlos, en caso de ruptura de negociaciones o de resolución de contrato.
9.2 Todos los moldes o herramientas creados por o por cuenta de la Sociedad para satisfacer un pedido de Productos específicos realizado por un Comprador son propiedad de la Sociedad y continuarán siéndolo, al igual que los secretos de fábrica, los secretos comerciales, la tecnología propia (know-how) y/o los demás elementos de la propiedad intelectual (a saber, propiedad industrial, propiedad literaria y artística y otros asimilados) relativos a los mismos. El Comprador declara no oponerse a dichos derechos de la propiedad.
9.3 Los secretos, la tecnología propia (know-how) y/o otros elementos de propiedad intelectual integrados por la Sociedad en los Productos no son propiedad del Comprador y el Comprador declara no oponerse a dichos derechos de propiedad.
9.4 El Comprador reconoce que no tiene derecho alguno sobre las marcas, nombres comerciales y/u otros elementos equivalentes de la Sociedad (figuren o no en los Productos), ni en caso de que revenda los Productos. En particular, el Comprador no podrá utilizar ni éstos ni otras marcas y nombres similares para otros productos fabricados o vendidos por él, ni utilizarlos en su razón o denominación social o en su nombre comercial, ni registrarlos a su nombre o a nombre de terceros.
9.5 El Comprador advertirá a la Sociedad, en cuanto tenga conocimiento de ello, de la utilización que un tercero pueda estar haciendo de sus secretos, de su tecnología propia (know-how), y de sus derechos de propiedad intelectual, en particular marcas, nombres y elementos equivalentes, o de cualquier otro perjuicio ocasionado a estos, así como de cualquier tipo de competencia desleal.
9.6 El incumplimiento por el Comprador, o por cualquier persona asociada a él, de las estipulaciones del presente artículo 9 dará derecho a reclamar daños y perjuicios, que serán determinados por los tribunales y que el Comprador deberá pagar a la Sociedad.
9.7 Si, por medio de una estipulación en contrario, según se prevé en el artículo 2.4 anterior, la Sociedad acepta que las características específicas de los Productos sean definidas por el Comprador, éste, al hacer el pedido a la Sociedad, se compromete expresamente a garantizar que tiene todos los derechos de propiedad intelectual, industrial, (patentes, diseños y modelos, etc..), literaria y artística, y otros asimilados, así como todos los secretos, el kow-how y otros elementos análogos, relativos a dichas características específicas, y que puede utilizarlos libremente en los Productos; el Comprador se compromete igualmente a indemnizar a la Sociedad por cualquier demanda, sea cual sea la naturaleza de ésta, entablada por un tercero en relación con los mismos, y ello sin perjuicio de las acciones y recursos que la Sociedad pueda entablar contra el Comprador y contra terceros.
10. CONFIDENCIALIDAD
10.1 El Comprador se compromete a emplear las informaciones o datos confidenciales que pueda recibir de la Sociedad únicamente para satisfacer las necesidades que deriven de su propia utilización de los Productos, comprometiéndose igualmente a no transmitirlos ni revelarlos a terceros y a adoptar cuantas medidas sean necesarias para prevenir e impedir su divulgación, mantener su confidencialidad y respetar las peticiones concretas de la Sociedad al respecto.
10.2 El incumplimiento por el Comprador o por cualquier persona asociada a él de las estipulaciones del presente artículo 10 dará derecho a reclamar daños y perjuicios, que serán determinados por los tribunales y que el Comprador deberá pagar a la Sociedad.
11. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD, RECLAMACIONES Y RECURSOS
11.1 La Sociedad no podrá ser considerada como responsable de ningún daño, o pérdida, directo o indirecto, personal o material, mobiliario o inmobiliario, sea del tipo que sea, causado directa o indirectamente por los Productos, cualquiera que sea la forma en que se produzca y su causa, en particular en razón de la calidad, estructura o utilización de los Productos.
11.2 Dado que el Comprador se compromete a verificar la adecuación de los Productos a la utilización de los mismos y que los productos acondicionados cumplen bajo su responsabilidad la legislación y la reglamentación aplicables en relación con la importación (en su caso) y con la utilización de los Productos, en ningún caso podrán exigirse responsabilidades a la Sociedad por tales conceptos, comprometiéndose expresamente el Comprador, al aceptar las CGV de la Sociedad, a garantizar a la Sociedad contra cualquier demanda formulada por terceros, sanción, penalización, reclamación por daños y perjuicios y otros, en relación con el incumplimiento de las obligaciones legales o reglamentarias sobre importación y/o utilización de los Productos.
11.3 Según se estipula en el artículo 9.7 anterior, la Sociedad no podrá ser considerada responsable en caso de que los Productos no respeten los derechos de propiedad intelectual, industrial, literaria y artística u otros asimilados, así como los secretos, la tecnología propia (know-how) y otros elementos análogos de terceros, en su caso, y si por ventura debiera serlo, el Comprador o cualquier otra persona asociada a él será considerado como responsable e indemnizará a la Sociedad por los gastos judiciales, honorarios de abogado y cualesquiera daños y perjuicios que la Sociedad deba soportar, los cuales serán determinados en su conjunto por los tribunales.
11.4 El Comprador cumplirá con sus obligaciones legales y contractuales frente a sus propios cocontratantes, y frente a terceros, por lo que se refiere a la utilización de las herramientas y de los moldes mencionados en el artículo 8 de las CGV de la Sociedad o a los Productos, no pudiendo exigirse responsabilidades a la Sociedad por tal concepto, en particular en caso de que el Comprador haga un pedido de Productos sin respetar los derechos de sus propios cocontratantes en relación con los citados moldes y/o herramientas o con los Productos.
12. CLÁUSULA RESOLUTORIA
21.1 La Sociedad podrá resolver de pleno derecho cualquier venta, mediante carta certificada con acuse de recibo y sin pagar ninguna indemnización, en caso de que el Comprador incumpla alguna de sus obligaciones transcurrido un plazo de ocho días después de haberle dirigido, mediante carta certificada con acuse de recibo, un requerimiento que no haya surtido efecto.
13. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
13.1 La Sociedad se reserva el derecho de suspender cualquier entrega o de resolver cualquier venta, total o parcialmente, sin tener que indemnizar por ello y sin que quepa recurso contra ella, en todos los casos fortuitos o de fuerza mayor, por ejemplo y en particular, en caso de tempestad, incendio, inundación, otros desastres naturales, contaminación por radiactividad o materias tóxicas, peligrosas o contaminantes, huelga total o parcial o suspensión concertada del trabajo, perturbación del servicio público u otros equivalentes, lock-out, rotura o detención forzosa de maquinaria, de horno o de herramientas, guerra u hostilidades declaradas o no declaradas, civiles u otros actos terroristas, revueltas, insuficiencia o incumplimiento de subcontratistas o proveedores y falta de materias primas que puedan detener o reducir la fabricación o el transporte de los Productos o impedir la ejecución normal de los contratos.
13.2 La Sociedad no podrá ser considerada responsable de las consecuencias de los citados casos fortuitos o de fuerza mayor o de otros acontecimientos independientes de su voluntad. Los Productos ya fabricados en el momento de la suspensión o de la resolución se pondrán, no obstante, a disposición del Comprador en la fábrica de la Sociedad, que deberá, por lo que a estos Productos se refiere, cumplir con las obligaciones contraídas con la Sociedad.
13.3 A la conclusión de los sucesos descritos anteriormente, las partes se pondrán en contacto para definir el modo en que eventualmente pueda desarrollarse el pedido.
14. VARIOS
14.1 Todas las condiciones particulares en relación con las CGV de la Sociedad deberán ser aceptadas expresa y previamente por escrito por un representante autorizado de la Sociedad para que pueda considerarse que han sido acordadas previamente entre la Sociedad y el Comprador.
14.2 La tolerancia de la Sociedad a favor del Comprador en algún aspecto no podrá nunca considerarse como renuncia de la Sociedad a la disposición correspondiente que figure en las CGV de la Sociedad o en cualesquiera condiciones particulares, ni como renuncia a las posibles acciones que puedan entablarse en tal concepto.
14.3 Las CGV de la Sociedad, al igual que las condiciones particulares, únicamente podrán modificarse mediante documento escrito y firmado por un representante autorizado de la Sociedad y del Vendedor.
14.4 Si cualquiera de las disposiciones de las CGV de la Sociedad o de las condiciones particulares se juzgara nula, ilegal o de imposible cumplimiento, la validez, la legalidad y la aplicabilidad de las demás disposiciones del presente texto no se verían en ningún modo afectadas o mermadas.
14.5 En caso de contradicción entre las condiciones particulares y las CGV de la Sociedad, serán aplicables las condiciones particulares distintas, a reserva expresa de que hayan sido aceptadas de conformidad con el artículo 14.1 de las CGV de la Sociedad.
14.6 Las CGV de la Sociedad, al igual que las condiciones particulares, la venta de Productos y la firma de contratos, se someten a la legislación francesa, que constituirá la legislación interna aplicable tanto al fondo como a la forma del contrato, sin que sean aplicables, en caso de elemento de extranjería, las normas que rigen los conflictos de ley del derecho francés.
14.7 Oferta, pedido y aceptación por correo electrónico e Internet: en caso de oferta y pedido seguidos de aceptación por la Sociedad y, por tanto, de cierre de venta mediante correo electrónico de Internet, por aplicación del artículo 1369-4 del Código Civil, tomado a su vez por aplicación de la directiva comunitaria n° 200/31 de 8 de junio de 2000, en su artículo 10.3, la Sociedad, al proponer a título profesional, por vía electrónica, el suministro de bienes tales como los Productos y, en su caso, ciertas prestaciones de servicios, pone efectivamente a disposición del Comprador las condiciones contractuales aplicables en un soporte que permite su conservación y reproducción por el Comprador, considerándose que el Comprador, al hacer el pedido, confirma que conserva y reproduce tales condiciones.
14.8 Todos los litigios, reclamaciones y desavenencias relativos a las CGV de la Sociedad o a las condiciones particulares, al igual que todas las ventas de la Sociedad al Comprador y todos los contratos celebrados entre la Sociedad y el Comprador, estarán sometidos a la competencia exclusiva del Tribunal de Comercio de París y del Tribunal de Apelación de París, Francia, incluso en caso de exigencia de garantía o de pluralidad de demandados.
14.9 El Comprador, si es extranjero, renuncia desde este momento a cualesquiera privilegios de jurisdicción comparables a los previstos a favor de los franceses por los artículos 14 y 15 del Código Civil; sin embargo, como excepción en relación con las estipulaciones del artículo 14.8 anterior, acepta que la Sociedad, si así lo considera conveniente, solicite que se adopten medidas a través de procedimientos sumarios (sin resolución sobre el fondo), así como medidas de urgencia, cautelares y/o de ejecución, ante la jurisdicción local del Comprador extranjero.
14.10 Si las CGV de la Sociedad se establecen también en una lengua distinta del francés, dará fe la versión francesa.
